Secretaría Administrativa
Artículo 23. Son atribuciones del Secretario Administrativo:
I. Desempeñar sus funciones con autonomía y probidad, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, transparencia y objetividad;
II. Participar en las sesiones de las Comisiones y Comités, conforme a lo establecido por el Código, el Reglamento y demás ordenamientos aplicables;
III. Presidir los Comités que determine el Consejo General;
IV. Solicitar a las y los Titulares de los órganos del Instituto Electoral sus propuestas para integrar el proyecto de Programa Operativo Anual y el anteproyecto de presupuesto del Instituto Electoral con base en los criterios generales y procedimientos aprobados por la Junta;
V. Requerir a las y los Titulares de los órganos del Instituto Electoral la información necesaria para integrar el avance programático presupuesta! y del ejercicio del gasto de sus respectivas áreas, para presentarlo a la Junta y al Consejo General;
VI. Emitir circulares internas, en el ámbito de sus atribuciones, las cuales serán obligatorias para quienes estén dirigidas;
VII. Mantener actualizado el inventario de los bienes del Instituto Electoral;
VIII. Adoptar las medidas para la atención y seguimiento a las necesidades administrativas del Instituto Electoral, aplicando las normas que son de su competencia y adoptar las determinaciones correspondientes;
IX. Instrumentar las medidas administrativas necesarias a fin de hacer efectivos los derechos de los servidores públicos del Instituto Electoral consagrados en el Estatuto del Servicio y demás normativa aplicable; y
X. Las demás que le confiera la normativa que rige al Instituto Electoral.
Artículo 24. La estructura de la Secretaría Administrativa es:
I. Secretario Administrativo:
I.1. Asistente Ejecutiva;
I.1.1. Coordinación de Gestión;
I.2. Coordinación de Planeación:
I.2.1. Departamento de Evaluación y Seguimiento;
I.2.2. Departamento de Planeación y Prospectiva, y
I.3. Secretario(a) Ejecutivo(a).
II. Dirección de Recursos Humanos y Financieros:
II.1. Subdirección de Personal y Relaciones Laborales;
II.1.1. Departamento de Administración de Personal;
II.1.2. Departamento de Registro e Incorporación;
II.1.3. Departamento de Relaciones Laborales;
II.1.4. Departamento de Servicios Médicos;
II.2. Subdirección de Programación y Presupuesto;
II.2.1. Departamento de Trámites y Pagos;
II.2.2. Departamento de Contabilidad Presupuestal;
II.3. Subdirección de Contabilidad;
II.3.1. Departamento de Registro Contable, y
II.3.2. Departamento de Análisis e Información Contable.
III. Dirección de Adquisiciones, Control Patrimonial y Servicios:
III.1. Subdirección de Adquisiciones;
III.1.1. Departamento de Control e Integración de Procedimientos;
III.1.2. Departamento de Investigación, Análisis y Selección de Mercado;
III.2. Subdirección de Patrimonio Institucional;
III.2.1. Departamento de Control Patrimonial;
III.2.2. Departamento de Mantenimiento y Servicios, y
III.3. Departamento de Seguridad y Protección Civil.