¿Qué es el Comité Ciudadano y cuáles son sus funciones?
Es el órgano de representación ciudadana con que cuenta cada colonia en la Ciudad de México y está integrado por nueve ciudadanos/as o cinco en algunos casos. Su función es representar los intereses colectivos de los y las habitantes de la colonia ante las diversas autoridades de la Ciudad de México.
Los comités se encargarán, entre otras cosas, de integrar, analizar y promover las soluciones a las demandas de las y los vecinos.
Los y las integrantes de los comités:
– No son representantes populares
– No forman parte de la Administración Pública de la Ciudad de México
– No son Servidores Públicos
¿Qué es el Consejo del Pueblo y cuáles son sus funciones?
Es el órgano de representación ciudadana en cada uno de los Pueblos Originarios en los que se mantiene la figura de autoridad tradicional de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales. Tiene las mismas facultades que el Comité Ciudadano.
Las y los integrantes de los Consejos:
– No son representantes populares
– No forman parte de la Administración Pública de la Ciudad de México
– No son Servidores Públicos
¿Cómo sé quiénes integran mi Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo actualmente?
¿Qué es la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo?
Es un instrumento de participación mediante el cual se someten a la opinión de la ciudadanía, proyectos específicos para ser aplicados en sus colonias o pueblos.
¿Quiénes son ciudadanas y ciudadanos de la Ciudad de México?
Las mujeres y varones que teniendo la calidad de mexicanos reúnan los requisitos constitucionales (haber cumplido 18 años y tener un modo honesto de vivir) y posean la calidad de vecinos u originarios del Distrito Federal. Son vecinos/as de la Ciudad de México, los y las habitantes que residan en él por más de seis meses; y originarios/as de esta entidad, las personas nacidas en su territorio.
¿Cómo sé quiénes integran mi Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo actualmente?
¿Cómo me comunico con mi Comité Ciudadano?
A través de las Asambleas Ciudadanas que para tal efecto convoque el mismo Comité o Consejo.
¿Los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos reciben ayuda económica?
No reciben ningún apoyo económico, pues su gestión es en todo momento honorífica. Sin embargo, tienen derecho a recibir los apoyos materiales necesarios para el desempeño de sus funciones, por parte del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).
¿Cómo se integran los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos?
Por nueve integrantes. Su encargo dura tres años.
¿Cómo participa el IECM en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos?
– Organiza la elección de los Comités y Consejos.
– Colabora institucionalmente para dar certeza y legalidad al proceso electivo.
– Expide la convocatoria.
– Instrumenta el proceso de registro de las fórmulas.
– Elabora y entrega material para la jornada electoral.
– Realiza el cómputo total de la votación.
– Publica los resultados.
– Expide la Constancia de Asignación e Integración del Comité o Consejo.
¿Cómo participa el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos?
Recibidos los escritos de demanda (medios de impugnación) se turnan a la Ponencia encargada de su sustanciación y resolución.
A través de la sustanciación y resolución de los juicios, el Tribunal garantiza la legalidad de los procesos electivos, así como los demás principios que rigen la función electoral y que deben respetar todas las autoridades de la capital.
Puede revocar o modificar los actos y resoluciones que hayan dictado las Direcciones Distritales.
¿Las fórmulas perdedoras tienen lugar en el Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo?
A la fórmula que obtenga el mayor número de votos en la elección se le otorgarán cinco integrantes del Comité Ciudadano, entre ellos al presidente de éste. A la fórmula que obtenga el segundo lugar, se le otorgarán dos lugares en el comité ciudadano, conforme al orden de prelación. A las fórmulas que obtengan el tercer y cuarto lugar se les otorgará un lugar dentro del comité, que será ocupado por quien haya sido registrado como presidente de fórmula.
¿Qué hacer si un integrante acapara todas las coordinaciones?
El pleno del comité designará por mayoría de votos a los titulares de las coordinaciones de trabajo, debiéndose reflejar la pluralidad del Comité Ciudadano. Por lo que en el supuesto de que un integrante pretenda “acaparar” todas las coordinaciones de trabajo, tal situación deberá ser resuelta por el pleno del comité.
¿Una o un integrante de un Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo puede renunciar cuando ya está en funciones?
Sí
¿Las y los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos reciben alguna ayuda económica?
No. Su representación en todo momento es honorífica.
¿Es verdad que las y los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos pueden viajar gratis en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, Metrobús y Trolebús?
Actualmente, los y las integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos que cuentan con la credencial que emite el IECM pueden ingresar al Sistema de Transporte Colectivo de forma gratuita.
¿Qué hacer si no se organizan las asambleas ciudadanas o los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos no se reúnen?
Se deberá seguir el procedimiento que marca la Ley de Participación Ciudadana (LPC) y los Lineamientos para regular los procedimientos en materia de participación ciudadana por el incumplimiento de las funciones y responsabilidades que les corresponden.
¿Qué pasa si el Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo no divulga los acuerdos y resoluciones emitidas en la asamblea ciudadana?
Se deberá seguir el procedimiento que marca la LPC y los Lineamientos para regular los procedimientos en materia de participación ciudadana por el incumplimiento de las funciones y responsabilidades que les corresponden.
¿Quién evalúa al Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo?
La Comisión de Vigilancia que se integre en la primer Asamblea Ciudadana que celebre el Comité Ciudadano, en coordinación con el personal que para tal efecto designe el IECM, serán las instancias encargadas de evaluar el desempeño de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.
¿Los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos reciben algún apoyo material?
El IECM es el encargado de otorgar los apoyos materiales a que tienen derecho los Comités Ciudadanos, Consejos de los Pueblos y Consejos Ciudadanos Delegacionales, para el desempeño de sus funciones.
¿Las y los integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos reciben alguna capacitación?
Sí. El IECM elabora e implementa un Programa Anual de Capacitación, Educación, Asesoría y Comunicación dirigido a los comités y consejos, así como un Programa Anual de Fomento a las Organizaciones Ciudadanas.
¿Se pueden remover a las y los integrantes de los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos?
Sí. Conforme al procedimiento que marca la LPC y los Lineamientos para regular los procedimientos en materia de participación ciudadana.
¿Qué pasa si los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos no trabajan?, ¿con quién los denuncio?
Una de las causales de separación o remoción del cargo de integrante del comité es incumplir con las funciones y responsabilidades que le correspondan. En este supuesto, la denuncia deberá ser presentada ante el Coordinador Interno del mismo comité, quien convocará al pleno para que éste resuelva en primera instancia. Sólo en el supuesto de que la denuncia sea en contra de todos los integrantes, la denuncia será presentada ante la Dirección Distrital correspondiente, quien resolverá en única instancia, conforme al procedimiento que marca la LPC y los Lineamientos para regular los procedimientos en materia de participación ciudadana.
¿Qué pasa si el Presupuesto Participativo no se aplica en lo que se opinó en la Consulta Ciudadana?, ¿con quién me quejo?
Los integrantes de los órganos de representación ciudadana podrán presentar quejas ante las Comisiones de Participación Ciudadana, Presupuesto y Cuenta Pública y Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, todas del Congreso de la Ciudad de México, sobre el ejercicio y aplicación de los recursos del presupuesto participativo.