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Aprueba IECM registro de dos convenios de Candidatura Común, para elección de Diputaciones Locales y Alcaldías

Ciudad de México, 30 de enero de 2024

Boletín de prensa UTCSyD-010

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó, en sesión pública urgente, dos Acuerdos sobre la procedencia de solicitud de registro de dos convenios de Candidatura Común para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

En uno de los Acuerdos, se determina otorgar el registro condicionado al convenio de la Candidatura Común “Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, para la elección de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México por el principio de mayoría relativa en 29 Distritos Electorales Uninominales y la Diputación Migrante, así como en 15 Alcaldías, suscrito por los Partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

Los 29 Distritos Electorales Uninominales que implican el referido convenio de Candidatura Común son: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 32 y 33; mientras que en la elección de Alcaldías, dicho Convenio no contempla Tláhuac.

En el otro Acuerdo, se otorgó también el registro condicionado al convenio de la Candidatura Común “Seguimos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, para la elección de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México por el principio de mayoría relativa en los Distritos Electorales Uninominales 7, 14 y 29, suscrito por los Partidos Morena y del Trabajo.

En los Acuerdos se precisa que ambos registros son condicionados, toda vez que los partidos solicitantes tienen un  plazo de 3 días naturales, a partir de la notificación correspondiente, para que respecto del apartado correspondiente a los porcentajes de distribución de votos se realice el ajuste entre los porcentajes de postulación y de votación del Convenio de Candidatura Común, a efecto de que la diferencia entre ambos porcentajes sea igual a cero, con el apercibimiento que, de no realizar dicha modificación, se determinará  improcedente el registro de los referidos convenios.

Aprueba IECM registro de dos convenios de Candidatura Común, para elección de Diputaciones Locales y Alcaldías

Ciudad de México, 30 de enero de 2024

Boletín de prensa UTCSyD-009

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó, en sesión pública urgente, dos Acuerdos sobre la procedencia de solicitud de registro de dos convenios de Candidatura Común para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

En uno de los Acuerdos, se determina otorgar el registro condicionado al convenio de la Candidatura Común “Seguiremos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, para la elección de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México por el principio de mayoría relativa en 29 Distritos Electorales Uninominales y la Diputación Migrante, así como en 15 Alcaldías, suscrito por los Partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

Los 29 Distritos Electorales Uninominales que implican el referido convenio de Candidatura Común son: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 32 y 33; mientras que en la elección de Alcaldías, dicho Convenio no contempla Tláhuac.

En el otro Acuerdo, se otorgó también el registro condicionado al convenio de la Candidatura Común “Seguimos Haciendo Historia en la Ciudad de México”, para la elección de Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México por el principio de mayoría relativa en los Distritos Electorales Uninominales 7, 14 y 29, suscrito por los Partidos Morena y del Trabajo.

En los Acuerdos se precisa que ambos registros son condicionados, toda vez que los partidos solicitantes tienen un  plazo de 3 días naturales, a partir de la notificación correspondiente, para que respecto del apartado correspondiente a los porcentajes de distribución de votos se realice el ajuste entre los porcentajes de postulación y de votación del Convenio de Candidatura Común, a efecto de que la diferencia entre ambos porcentajes sea igual a cero, con el apercibimiento que, de no realizar dicha modificación, se determinará  improcedente el registro de los referidos convenios.

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