Ciudad de México, 13 de septiembre de 2023
Boletín de prensa UTCSyD-128
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) garantizará que para los comicios locales de 2024, en las postulaciones realizadas por los partidos políticos o bien bajo la figura de candidaturas sin partido, sean incluidas personas integrantes de los grupos de atención prioritaria, conforme a lo establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
Con ese objetivo, el Consejo General del IECM emitió los Lineamientos para la postulación de candidaturas a Jefatura de Gobierno, Diputaciones, Alcaldías y Concejalías de la Ciudad de México, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
En el referido documento, se definen las reglas para el registro de las candidaturas; la sustitución de las mismas; los convenios tanto de coalición como de candidatura común; la postulación para la elección consecutiva; los bloques de competitividad y las acciones afirmativas que deberán cumplir los partidos políticos en sus postulaciones.
El Acuerdo aprobado por el Consejo General precisa que, derivado de la reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México realizada el pasado 2 de junio del presente año, se estableció una serie de acciones afirmativas, a efecto de eliminar la discriminación y garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, especialmente para tomar parte en las elecciones.
La Constitución Política local, en su Artículo 11, reconoce como grupos de atención prioritaria, entre otros, a las personas con discapacidad; pertenecientes a pueblos y barrios originarios, o comunidades indígenas residentes; personas de la diversidad sexual y de género; personas afromexicanas y personas adultas mayores.
A partir de ello y con base en la reforma al Código, los Lineamientos regulan de forma obligatoria para las Diputaciones de mayoría relativa, la inclusión de 7 fórmulas de personas jóvenes de hasta 35 años, de las cuales una debe estar en los bloques de competitividad alto o medio; así como una fórmula de cada grupo de atención prioritaria, de las cuales, una debe estar en el bloque alto y otra en el medio.
En el caso de Diputaciones de representación proporcional, deberán incluirse 4 fórmulas de personas jóvenes y una fórmula de personas de algún grupo de atención prioritaria.
Para el caso de Concejalías, se establece la inclusión de una fórmula para la candidatura de personas jóvenes de hasta 29 años y una fórmula para la candidatura de personas de algún grupo de atención prioritaria.
Finalmente, se incluyó como parte de las fórmulas potestativas para Diputaciones tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, a dos fórmulas de personas de algún grupo de atención prioritaria y para Concejalías una candidatura de personas pertenecientes a dichos grupos.
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