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Modifica IECM Convocatoria dirigida a los pueblos originarios de la Ciudad de México, para el ejercicio del Presupuesto Participativo 2022

Ciudad de México, a 08 de febrero de 2022

Boletín de Prensa IECM-UTCSyD-016

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó un Acuerdo, por el que, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral local en los expedientes TECDMX-JLDC-007/2022 y Acumulados TECDMX-JLDC-008/2022, TECDMX-JLDC-009/2022 y TECDMX-JLDC010/2022, se modifica la Convocatoria  dirigida a las Autoridades Tradicionales representativas de los 48 Pueblos Originarios de la capital, para determinar el uso del Presupuesto Participativo 2022.

El Acuerdo fue aprobado en sesión pública virtual urgente, y la Convocatoria emitida por el IECM, es para que en cada uno de los 48 pueblos originarios que conforman el Marco Geográfico de Participación Ciudadana de la Ciudad de México vigente, de conformidad con el método que consideren en apego a sus sistemas normativos, reglas y/o formas de organización internas, procedimientos y prácticas tradicionales (usos y costumbres), que no sean susceptibles de afectar derechos humanos, ni implique algún tipo de discriminación hacia la mujer, o cualquier grupo de atención prioritaria, de común acuerdo, determinen los proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y en general cualquier mejora para su comunidad, en los que se ejecutará el Presupuesto Participativo de este año.

Durante la sesión, la Consejera Presidenta del IECM, Patricia Avendaño Durán, destacó que las sentencias derivadas de la realidad que se vive en los pueblos originarios de la capital son parte de las acciones que lleva a cabo este Instituto, para incluir en los procesos democráticos y de Participación Ciudadana a dichas comunidades que tienen prácticas y costumbres reflejadas en sus autoridades tradicionales y en su relación con las Alcaldías.

“Anteriormente, este Instituto Electoral incorporaba a los pueblos originarios en la consulta de Presupuesto Participativo y en la elección de sus representaciones ciudadanas; sin embargo, las personas que habitan en los pueblos originarios demandan cada vez más un respeto a lo que son sus derechos resguardados en la Constitución,  por lo que es importante que esta autoridad avance en la construcción y perfección de mecanismos que atiendan las demandas de estos pueblos que exigen reconocimiento”, enfatizó Avendaño Durán.

Con base en las modificaciones aprobadas por unanimidad, las Autoridades Tradicionales de los pueblos originarios podrán optar por designar, de entre ellas, a la persona o personas que funjan como enlace ante la Alcaldía para la presentación del proyecto y recepción, en su caso, de las observaciones y/o su validación, y tienen hasta el 6 de junio de 2022, para presentar por escrito, mediante el Formato F1 o en el formato o documento que decidan utilizar, el proyecto en el que hayan determinado se aplique el recurso destinado al Presupuesto Participativo 2022.

A su vez, la Alcaldía validará, en un plazo no mayor a tres días hábiles, que en los proyectos que reciba no se presente alguna inviabilidad técnica, jurídica, ambiental y financiera, y durante la primera quincena de junio de 2022, notificará a la Autoridad Tradicional representativa de cada pueblo originario que se encuentre en su ámbito territorial, el resultado de la validación que realizó a los proyectos presentados.

En la Convocatoria también se indica que la Autoridad Tradicional representativa, de acuerdo con el método que determine conforme a sus sistemas normativos, reglas internas, procedimientos y prácticas tradicionales (usos y costumbres), podrá elegir un Comité de Ejecución, de seguimiento o algún órgano o autoridad que tendrá las mismas atribuciones, obligaciones y responsabilidades que la Ley de Participación Ciudadana local establece para los Comités de Ejecución de las Unidades Territoriales, por lo que deberá cumplir con las leyes y normas en materia de presupuesto participativo, especialmente, aquellas relacionadas con el ejercicio de los recursos públicos, su comprobación y vigilancia de uso y la rendición de cuentas.

Los 48 pueblos originarios que conforman el Marco Geográfico de Participación Ciudadana de la Ciudad de México vigente, son los siguientes:

Alcaldía Pueblos originarios
 

 

Cuajimalpa de Morelos

San Lorenzo Acopilco

San Mateo Tlatenango

San Pablo Chimalpa

San Pedro Cuajimalpa

La Magdalena Contreras La Magdalena Atlitic

San Bernabé Ocotepec

San Jerónimo Aculco-Lídice

San Nicolás Totolapan

 

 

 

 

 

Milpa Alta

San Agustín Ohtenco

San Antonio Tecomitl

San Bartolomé Xicomulco

San Francisco Tecoxpa

San Jerónimo Miacatlán

San Juan Tepenahuac

San Lorenzo Tlacoyucan

San Pablo Oztotepec

San Pedro Atocpan

San Salvador Cuauhtenco

Santa Ana Tlacotenco

 

 

 

Tláhuac

 

Santa Catarina Yecahuizotl

San Juan Ixtayopan

San Andrés Mixquic

San Francisco Tlaltenco

San Nicolás Tetelco

San Pedro Tláhuac

Santiago Zapotitlán

 

 

 

 

Tlalpan

San Pedro Mártir

San Andrés Totoltepec

La Magdalena Petlacalco

Parres el Guarda

San Miguel Xicalco

San Miguel Ajusco

San Miguel Topilejo

Santo Tomás Ajusco

San Andrés Ahuayucan

 

 

 

 

 

Xochimilco

San Francisco Tlalnepantla

San Lorenzo Atemoaya

San Lucas Xochimanca

San Mateo Xalpa

Santa Cecilia Tepetlapa

Santa Cruz Xochitepec

Santa María Tepepan

Santiago Tepalcatlalpan

San Gregorio Atlapulco

San Luis Tlaxialtemalco

Santa Cruz Acalpixca

Santa María Nativitas

Santiago Tulyehualco

Para conocer la Convocatoria referida y toda la información relacionada con la misma, las personas interesadas en la misma, pueden ingresar a la página www.iecm.mx.

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