Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:
I. Tipo de obra;
II. El lugar;
III. El plazo de ejecución;
IV. El monto (el original y el final);
V. Número de beneficiados;
VI. La identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra;
VII. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato y
VIII Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmicos.
El periodo de actualización de esta información es: Trimestral
Fecha de actualización: 30 – 09 – 2024
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Secretaría Administrativa
- No aplica: No resulta aplicable, el presente artículo en ninguna de sus fracciones, pues dentro de las facultades de este órgano electoral no se encuentra la de llevar a cabo obra pública. Lo anterior, de conformidad con las atribuciones establecidas en artículo 104 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 36 del código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, ambos vigentes, pues sus funciones se refieren a Procesos Electorales y de Participación Ciudadana.