Normatividad

Artículo 146 de la Ley de Transparencia de la Ciudad de México

Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.

El periodo de actualización de esta información es: Anual

Fecha de actualización: 30 – 09 – 2024

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Secretaria Ejecutiva, a través de la Oficina de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Datos Personales y Archivo

 

 

 

Inklusion
Loading